Reglamentación y aplicación de la Ley Nº 1020 “Las Islas Malvinas son argentinas”

Estas semana la Unión Malvinizadora Argentina presentará un proyecto en la Legislatura Provincial fueguina para solicitarle sea de su interés crear una Comisión de seguimiento para la reglamentación y aplicación de la Ley Nº 1020, sancionada el 4 de Diciembre de 2014, promulgada el 6 de Enero de 2015 y publicada diez días después en el Boletín Oficial de nuestra provincia.

De interés 22/08/2016ShelknamsurShelknamsur
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La citada ley que persigue, según su texto, “la concientización de la pertenencia territorial, histórica y jurídica de las Islas Malvinas a la República Argentina y en particular, a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, tanto respecto de sus habitantes, como de las personas que visitan nuestra provincia”, busca lograr dicho trascendental objetivos “mediante el uso de la leyenda, Las Malvinas son Argentinas, en un espacio visible y destacado,  en medios de transporte y diversos espacios públicos y privados, de origen nacional o extranjero, que presten servicios por cualquier título dentro de la jurisdicción del Estado provincial, sea terrestre, fluvial, lacustre, marítimo o aéreo, en estaciones de llegada, partida o escala del medio de transporte del que se trate, así como también, en los locales comerciales, bancos, hoteles y restaurantes ubicados en las ciudades de la Provincia”

La citada Ley Provincial propuesta por Eduardo Barrientos (Bloque PJ) tiene su antecedente en el proyecto de la senadora María Teresa Luna, que ingresó al Congreso Nacional en 2012, recién aprobado por la Cámara de Diputados el 18 de noviembre de 2014, una semana después de que la Cancillería Nacional considerara como “una nueva provocación” la práctica de ejercicios militares con disparos de proyectiles por parte de las tropas del Reino Unido, y que fue publicada 2 de enero de 2015 en el Boletín Oficial como Ley Nacional 27.023.

En el caso de nuestra provincia, a diferencia de la aprobada a nivel nacional, la ley tiene un amplio rango de acción, pues se aplicaría en los taxis, remises, colectivos de línea, transportes escolares, emprendimientos turísticos que naveguen el Canal o trasladen turistas para cualquier actividad, empresas que lleven pasajeros dentro de nuestra provincia, restaurantes, kioscos, hoteles o cualquier sitio de alojamiento de turistas.

Por lo que todos y cada uno de estos rubros directa o indirectamente están contemplados y deben aplicar esta norma, siendo una prioridad de esta comisión lograr que sea acatada, ya que no busca otra cosa que decir a todos los habitantes del mundo que visiten nuestra provincia, que “LAS MALVINAS SON ARGENTINAS”.

La motivación de esta propuesta es que resulta evidente para cualquiera que tenga presente la norma y recorra nuestra provincia, en particular la ciudad de Ushuaia, destino de miles de turistas cada año, que la citada ley, no se aplica más que un pequeño porcentaje de su articulado (sólo parcialmente los artículos 6 y 7), siendo hoy imperioso que esto se lleve adelante, por encontrarnos en un contexto donde el Gobierno de la República es indiferente a los intereses nacionales sobre nuestra soberanía en el Atlántico sur, tal cual lo viene demostrando en sus actos y omisiones.

Preguntémonos, ¿cuántos de los locales comerciales de nuestra provincia, donde existe un gran flujo de turismo, tienen en un “espacio visible y destacado la leyenda Las Malvinas son Argentinas”?. ¿Cuántos hoteles, cuantos medios de transportes públicos y privados?... La respuesta es que son pocos, y hay una ley que propende a que esto no suceda, aunque lamentablemente, hasta el momento, pareciera no ser observado.

Por esta situación es que creemos conveniente crear una Comisión de seguimiento, reglamentación y aplicación, que puede o no desenvolverse dentro de la “Comisión de Legislación General Nº1”, que debería, a los fines prácticos, estar conformada por:

-un representante de cada uno de los bloques que del cuerpo legislativo provincial,

-un representante del Ejecutivo Provincial, que debería ser por sus funciones el Secretario de Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur,

-un representante de cada Municipio de la Provincia, pudiendo crear comisiones dentro del Concejo Deliberante para el análisis de la reglamentación en la respectiva ciudad.

Este cuerpo destinado a reglamentar y aplicar la norma aún desoída en la amplia mayoría de su articulado, analizará también su ampliación y perfeccionamiento, en torno a la visibilización a que apunta su espíritu y redacción, propendiendo a hacerla cumplir, y no a satisfacer pedidos de empresas privadas que busquen evadir su obligación, por cuestiones estéticas, o de cualquier otra índole, incluso, analizando y planteando la posibilidad de aplicar multas en relación a su caudal anual de ingresos y afluencia turística, que luego de pagadas, serán utilizadas para desarrollar actividades y divulgación de nuestros intereses soberanos.

Creemos que sería importante establecer plazos de trabajo, que posibiliten a la comunidad hacer un seguimiento de la comisión y de su trabajo en este sentido, para que, a su vez, esta labor y su visibilización, sea una estrategia malvinizadora, generando que Malvinas no sea un o dos fechas, sino un elemento cotidiano de nuestra política provincial, componente esencial de toda malvinización.   

Debemos aprovechar que existen normas, ya aprobadas para hacer saber a cada visitante y a nuestros ciudadanos, nuestro sentimiento y pensar, como argentinos y fueguinos.

           

Luciano Moreno

Rodrigo Palacios.

 

Contacto: [email protected]

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