SE EXTENDIÓ LA VIGENCIA DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO E INTRAFAMILIAR

A partir de un pedido realizado por la Secretaría de la Mujer de la Municipalidad de Ushuaia; por la Dirección General de Políticas de Género dependiente del Subsecretaría de Género del Gobierno provincial; y de la Secretaría de la Mujer, Género y Diversidad de la Municipalidad de Río Grande; el Superior Tribunal de Justicia dispuso una prórroga automática de las medidas cautelares de protección dictaminadas en el marco de causas de violencia de género o doméstica, “hasta el 31 de marzo y/o hasta 15 días posteriores al cese de la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio” vigente por la emergencia del coronavirus.

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En los considerandos de la medida el STJ expone que “atender una situación excepcional exige adoptar medidas excepcionales, máxime cuando la protección de dirige a un colectivo vulnerable”. 

La secretaria de la Mujer de Ushuaia, Noelia Trentino Martire, sostuvo que “luego del trabajo que venimos realizando en conjunto con las diferentes áreas intervinientes en cuestiones de género logramos esta decisión de la máxima autoridad del Poder Judicial”, a la que definió como “una medida excepcional dictada en el marco de la cuarentena obligatoria para prevenir el contagio de la pandemia por el COVID-19, y que determina la continuidad de medidas como las órdenes de restricción o la exclusión del hogar”. 

Además, la funcionaria expresó que “continuamos trabajando en conjunto por todas las mujeres de nuestra comunidad”.

Por su parte, la coordinadora Legal, Administrativa y Técnica de la Secretaría de la Mujer, Carolina Osta, explicó que “hicimos una presentación con la Municipalidad de Río Grande y la Subsecretaría de Políticas de Género de la Provincia solicitando en conjunto que se pudiera imitar lo resuelto en otras provincias, en cuanto a prorrogar las medidas de protección de las víctimas de violencia”.

Explicó que “en Tierra del Fuego tenemos la ley 1022 que prevé que el juez, ante situaciones de violencia doméstica o violencia de género, pueda dictar medidas de protección, por ejemplo la orden de restricción y la exclusión del hogar”, y planteó que “como en muchos las mismas iban a comenzar a vencer y los tribunales están en feria extraordinaria en el marco de esta situación del COVID-19, muchas mujeres están con miedo de que los violentos puedan acercarse o reincidir, más en el marco de una situación de encierro que quizás promueve o da oportunidad para situaciones de violencia intrafamiliar”. 

Por lo tanto, con la resolución del STJ, remarcó Osta, “lo que se generó fue una extensión automática de las medidas de protección vigentes o que no se habían vencido cuando comenzó la cuarentena”, y por último enfatizó que “el objetivo es que el agresor no se pueda acercar a las mujeres y subsista la imposibilidad de que se produzca una agresión”.

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