
Avanza el juicio de residencia contra la ex gobernadora Ríos
ShelknamsurEl funcionario recordó que la denuncia se realizó en el mes de abril, justo antes de que se venciera el plazo para la presentación. “La misma fue referente al dictado del decreto 864/09 que tenía que ver con la creación del Registro Provincial de Entidades Gremiales. Tuvo que ver tanto con el dictado, como con el desarrollo de la actividad que tuvo el Estado en el manejo de las relaciones gremiales” aclaró Álvarez.
La entrada en vigencia de ese Registro "permitió generar una gran permisividad y un abuso de las actividades gremiales, y que las comisiones directivas, delegados y varios actores sindicales comiencen a usufructuar licencias gremiales pagas, lo cual generó un perjuicio económico para la Provincia, sobre todo en el año 2015".
Durante ese año "por resolución del Director de Gremiales del Gobierno anterior, no se descontó un solo día de permiso gremial a los trabajadores que los utilizaron, con lo cual el Estado sufrió una mengua bastante importante” agregó el funcionario. “Se han generado asociaciones de personas que no sabemos si en verdad son gremios o si se representan a ellos mismos, o por decir que representan a 10 personas se consideraban un sindicato”, manifestó Álvarez.
El funcionario advirtió que el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, dejó en claro que solo podrán llevar adelante medidas de fuerza los gremios que cuenten con personería. "Esta resolución dejó sin efecto a todas las asociaciones irregulares" afirmó el Secretario.
“Una simple asociación con una inscripción lo único que genera es utilizar un nombre, pero en realidad detrás de eso no hay una responsabilidad social y no hay a quien rendirle cuentas. Hoy por hoy, los representantes de los sindicatos cuando cometen un error rinden cuentas ante sus propias asambleas así como al Ministerio de Trabajo de la Nación. Por eso creemos que lo que hizo la Corte Suprema de Justicia, a partir de su fallo, es muy importante porque tiende a volver a un cauce de normalidad e institucionalidad la relación que tiene que tener el Estado con los sindicatos” consideró Álvarez.
“Uno puede retener o hacer un llamado a huelga cuando hay un incumplimiento por parte del empleador y considero que tengo un interés colectivo que está siendo lesionado. La huelga implica el famoso `no voy a trabajar´, pero los hechos de violencia, persecución, rotura de instalaciones, persecuciones a funcionarios y a compañeros de trabajo no es un derecho a huelga sino que son actividades totalmente ilícitas que exceden el derecho a huelga”, concluyó el Secretario.


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